Los aumentos de las jubilaciones por inflación comenzarán en julio

El gobierno ha emitido un decreto en el cual se establece que el ajuste mensual por inflación para las jubilaciones entrará en vigor a partir de julio, a pesar de que anteriormente se había anunciado que comenzaría en abril. Según la nueva normativa, para los pagos de junio se aplicará la fórmula vigente hasta la fecha del decreto. Sin embargo, se realizarán ajustes en abril y mayo, no contemplados en la legislación actual, que se considerarán como anticipos del aumento determinado por la controvertida modalidad de ajustes aprobada a fines de 2020 y puesta en marcha en 2021.

Según informes de La Nación, durante la “transición” entre las dos modalidades de ajustes, en abril se otorgará un aumento extraordinario del 12.5% sobre los haberes de marzo, junto con un adelanto de la movilidad correspondiente a junio. Antes de la publicación oficial del decreto en el Boletín Oficial, el ministro de Economía, Luis Caputo, anunció en LA NACION+ que en abril se aplicaría un aumento del 13.2% correspondiente a la inflación de febrero, más un 12.5% adicional, además de un bono para aquellos que reciben la jubilación mínima (que se mantendría en $70,000 mensuales).

Aunque el decreto establece que el mecanismo de ajustes mensuales por inflación entrará en vigor solo a partir de julio, aclara que el aumento otorgado en abril se considerará como parte del aumento determinado por la fórmula actual para junio. Según los informes, si se confirma un aumento del 13.2% en abril (por la inflación de febrero) y otro del 12.5% en compensación parcial por la alta inflación, la jubilación mínima ascendería a $171,516 y la máxima a $1,152,122.

Haberes de mayo, junio y julio

Para los pagos de mayo, el decreto establece otro adelanto del aumento correspondiente según la legislación actual para junio. En junio, podría no haber cambios en los haberes, dependiendo del resultado final de la fórmula de movilidad y de los anticipos otorgados en abril y mayo. Según el decreto, antes de que entre en vigor el mecanismo de actualización según el IPC (es decir, antes de julio), se tendrán en cuenta la inflación de febrero y marzo para los ajustes, pero no la de abril.

El decreto establece que si el índice resultante de la fórmula para junio es mayor que los anticipos otorgados, se pagará la diferencia. Si el índice resultante es menor, no se descontará la diferencia y se incorporará al haber. A partir de julio, las actualizaciones se basarán en la inflación de dos meses atrás.

Los bonos

En cuanto al bono para las prestaciones más bajas, el decreto no especifica nada. Antes de la modificación del gobierno, se publicó un decreto en el Boletín Oficial que establece una ayuda económica de $70,000 en abril para aquellos con prestaciones de hasta $134,445.30, que es el haber mínimo hasta marzo. También habrá un bono para quienes cobren más de $134,445.30 hasta $204,445.30, que completará esta última cifra. Si esta normativa no se modifica, aquellos con el haber mínimo recibirían un refuerzo de $33,229 en lugar de los $70,000 del mes actual.




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