Prefectura definió las zonas para actividades náuticas

El plano que ilustra esta nota permite observar claramente cuáles son los espacios específicamente destinados para las distintas actividades recreativas, aunque se debe tener en cuenta que en la zona delimitada para Natación está prohibido actualmente entrar al agua en razón de la creciente.
En la disposición que establece las distintas zonas se precisa, además, que está prohibido el fondeo de embarcaciones sobre el riacho Victoria en el tramo comprendido entre el pozo toma y el segundo puente de El Solar de Victoria, zona de privilegio de natación, navegación a remo y a vela.
También aclara que los timoneles deberán cumplir con las reglamentaciones vigentes “y adoptar todas aquellas medidas adicionales de seguridad, de acuerdo a las condiciones reinantes y el buen arte marinero, a los efectos de salvaguardar la vida y bienes propios y de terceros”.
Especifica además que en la zona ubicada frente a la costanera se deberá navegar a velocidad reducida y exclusivamente sobre la margen derecha del riacho, es decir, sobre la costa de El Solar.
Por otra parte, resalta que las actividades náuticas deportivas se deben realizar en horas diurnas y con “condiciones hidrometeorológicas favorables”, y resalta que esta regulación es para el desarrollo de actividades recreativas, prohibiendo toda competencia deportiva sin la correspondiente autorización previa.




RESUMEN DEPORTIVO

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