“Este juicio tiene la particularidad de la importante coincidencia probatoria. Porque hay una coincidencia de los dichos de los internos y guardiacárceles y de las filmaciones”. Así se expresó en la nota periodística realizada en Radio Victoria, el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, Dardo Oscar Tórtul, al referirse a la resolución de la Cámara de Casación Penal de Paraná que confirmó la semana pasada la sentencia que condenó a prisión perpetua a los tres responsables del séxtuple homicidio en la Unidad Penal N° 5 de Victoria Gobernador Ramón Febre, ocurrido el 7 de junio de 2018.
En un fallo fechado el 9 de este mes, el Tribunal revisor rechazó todos los planteos interpuestos por los abogados de los tres presos acusados de la masacre que conmocionó a la provincia: Ismael Ramón Framulari, Maximiliano Exequiel Chamorro y Kevin Alexander Paniagua.
Los tres presos habían sido condenados a prisión perpetua en primera instancia el 15 de septiembre 2021 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay. La sentencia la emitieron los jueces Dardo Tórtul, Javier Cadenas y Darío Crespo.
Entonces, fueron encontrados culpables del séxtuple homicidio calificado por haberse cometido con alevosía, ensañamiento, mediante la utilización de un medio idóneo para crear peligro común y con el concurso premeditado de tres personas en concurso ideal con homicidio igualmente calificado en grado de tentativa para con uno de los sobrevivientes, ambos en concurso real con privación ilegal de la libertad agravada por ser tres personas en perjuicio de Walter Sosa.
Esta resolución fue apelada por la Defensa Oficial de Paniagua, a cargo de Susana Alarcón; Agustina Quattrochi (Framulari); y por la Defensa Particular de Chamorro, a cargo del abogado Rubén José Barbagelata Xavier.
A los responsables de la masacre, se les endilgó que privaron de la libertad a Walter Sosa en la noche del 6 de junio y en la mañana del 7 de 2018 “con el fin de que éste no los delate en el plan criminal que los imputados habían planeado de dar muerte a ocupantes de la celda Nº 2 del pabellón Nº 3 de la Unidad Penal Nº 5 de la ciudad de Victoria, la cual se encontraba ocupada por Justo Silva (53 años), Marcelo Beber (31 años), Matías Ezequiel Rodríguez (30 años), Vladimir Casco (20 años), Brian Alarcón (21 años), Emilio Suarez (27 años) y Francisco Coronel (19 años), ejecutando ese accionar en la mañana del 07/06/2018 aproximadamente a las 06:38 hs, desplegando su plan premeditado entre los tres imputados, utilizando un medio idóneo para crear un peligro común -un colchón prendido fuego-, aprovechándose de que las víctimas se encontraban en absoluto estado de indefensión ya que estaban descansando -durmiendo-, debido al horario de la mañana en que se produjo el ataque”.
En el recurso de apelación, la defensa de Paniagua consideró que el Tribunal omitió tener en cuenta que al momento de los hechos “su defendido era un joven de sólo diecinueve años de edad, que fue tempranamente institucionalizado” y que según un informe de una psicóloga “tiene una inteligencia lógico concreto equivalente a una escolarización lograda en un cuarto grado”.
Para el vocal, aunque hubiera existido otra intención de los internos, “no podían escapar del conocimiento de los tres autores el posible resultado”.
La resolución en rechazo a los planteos defensivos estuvo a cargo de Marcela Davite, quien entendió que se probó el plan criminal ejecutado por los tres condenados. A su voto adhirieron los vocales Marcela Badano y Gustavo Pimentel.
“El resultado muerte, más la acreditación de que en ese momento las víctimas estaban durmiendo, la utilización de un medio apto para crear un peligro común, y la intervención de tres personas; confirma que la determinación de los hechos y la calificación escogida en la sentencia sean correctas”, puntualizó Davite, según el fallo.
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