Tras un encuentro virtual, se ejecutó el total de los fondos asignados a la provincia de Entre Ríos, que benefician a productores de los departamentos Paraná, Nogoyá, Federación, Gualeguaychú, Tala, La Paz, Federal y Concordia. .
El Ministro de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, Juan José Bahilo afirmó que permitirá a muchos productores sincerar su situación y a acceder a beneficios impositivos.
Además, por estas horas se está tratando en la comisión de agricultura y ganadería de la Cámara de Diputados el proyecto girado por senadores en relación a la Ley Ovina que surgió como una herramienta para la recuperación y promoción de la actividad.
Claves del proyecto
Por el plazo de 10 años el Poder Ejecutivo deberá incluir en el Presupuesto Nacional un monto anual a integrar en el Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO) de 850 millones de pesos (hasta el pasado 5 de abril era de 20 millones).
. Serán beneficiarios del régimen las personas humanas, jurídicas, sociedades de hecho y sucesiones indivisas que realicen estas actividades; al tiempo que se especifica la clasificación entre productores y productoras; prestadores de servicios; transformadores y comercializadores.
. Se promoverá la igualdad de oportunidades para el desarrollo y participación de las mujeres en la cadena ovina y de llamas.
. Se dispone la creación de una Comisión Asesora Técnica del Régimen para la Promoción, Desarrollo y Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas (CAT), la cual estará presidida por el ministro del área e integrada por representantes de distintos sectores, teniendo en cuenta la participación femenina en la misma.
. Anualmente se podrán destinar hasta 5% de los fondos del FRAO para compensar los gastos administrativos, en recursos humanos y en equipamiento, tanto en el ámbito nacional como provincial, que demande la implementación, seguimiento, control y evaluación del régimen.
. El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca podrá destinar anualmente hasta el 20% de los fondos del FRAO para otras acciones de apoyo general a la promoción, consolidación y fomento de la ganadería ovina y de llamas.
. Del total asignado, se deberá determinar un porcentaje no menor al 50% de dichos fondos para financiar, en forma obligatoria, el Programa para el Mejoramiento de la Calidad de la Lana (PROLANA) y el Programa de Nacional de Fomento del Consumo de Carne Ovina.
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