Reapertura de viajes interurbanos micros & trenes: habló con LT39 NOTICIAS el Secretario Provincial de Transporte Néstor Landra

El viernes 16 del mes en curso, el gobierno nacional oficializó el regreso de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros. Así entonces, en consecuencia, a través de la resolución 222, el Ministerio de Transporte derogó la vigencia de la normativa N° 64 del 18 de marzo, para dar paso a la reanudación de los servicios en todo el territorio nacional. 

Desde LT39 NOTICIAS, dialogamos al respecto con el Secretario Provincial de Transporte, Néstor Daniel Landra; quien detalló los pormenores de este regreso; dispuesto en distintas etapas; donde en esta primera etapa, las empresas operadoras de servicios para turismo nacional y las permisionarias de servicios de transporte automotor de carácter público, de tráfico libre y ejecutivo, podrán prestar servicios de traslado a trabajadores esenciales de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio. (audio).

Luego, hizo hincapié en la reunión que hace un par de semanas atrás y a vistas ya de la inminente reapertura del servicio, mantuvieron con el Ministro de Planeamiento Marcelo Richard, el director de Transporte, Federico Mastaglia e integrantes de AETA, Asociación Empresaria de Transporte Automotor; su presidente Leonardo Herlein; el secretario, Laureano Brown, y el tesorero, Andrés Berón; donde diagramaron y coordinaron la vuelta, amén de recibir la pertinente preocupación de quienes conforman esta área, parada hace siete meses.

Al finalizar, mencionó la próxima audiencia que mantendrán tanto con las carteras de Salud y Transporte de Entre Ríos, los distintos municipios y otros actores y organismos correspondientes, para delinear definitivamente el retorno de los viajes interurbanos, para unir la Costa del Paraná, con la del Uruguay. (audio).

Requisitos para la utilización de los servicios colectivos & trenes

Autorizan el regreso de micros y trenes de larga distancia: cómo y quiénes podrán viajar

El Ministerio de Transporte dejó sin efecto la prohibición que regía desde marzo con el arribo del coronavirus. Las empresas deberán cumplir con un protocolo preventivo y sólo tendrán luz verde para viajes especiales 

Las pasajeras y los pasajeros que pretendan usar los servicios de transporte alcanzados por la resolución deberán contar el “CERTIFICADO UNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN – EMERGENCIA COVID-19” y/o exhibir el permiso emitido por la aplicación “CUIDAR” en su dispositivo móvil y/o el que en el futuro la normativa vigente requiera.

a) Las frecuencias se ajustarán de acuerdo a la demanda de los servicios, no pudiendo en ningún caso superar aquellas actualmente registradas para cada línea.

b) Los horarios de los servicios se programarán tomando en cuenta las tasas de ocupación de las distintas terminales de origen y destino, procurando no generar aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades y en la evacuación de las terminales.

c) Los vehículos de transporte automotor interurbano de pasajeros deberán limitar su capacidad de ocupación de acuerdo al siguiente detalle:

1. Vehículos de categoría “Semi Cama”: podrán trasladar simultáneamente hasta TREINTA Y SIENTE (37) pasajeros.

2. Vehículos de categoría “Cama Ejecutivo”: podrán trasladar simultáneamente hasta VEINTISEIS (26) pasajeros.

3. Vehículos de categoría “Cama Suite”: podrán trasladar simultáneamente hasta DIECIOCHO (18) pasajeros.

En el transporte ferroviario interurbano

  • Deberá limitarse la capacidad de ocupación al SESENTA POR CIENTO (60%) por cada coche en servicio.

En ambos casos

a) Deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los mismos.

b) Las empresas de transporte posibilitarán que los grupos familiares adquieran pasajes para trasladarse en butacas adyacentes o de ubicación cercana, sin perjuicio del distanciamiento social que debe mediar respecto de los restantes pasajeros del servicio.

c) Las empresas de transporte alcanzadas por la presente resolución, en todas las operaciones de venta o reserva de pasajes procurarán utilizar medios no presenciales de compra




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