Proponen aumentar las multas y penas por contravenciones

El nuevo texto establece entonces que “incurrirán en pena de mil a cinco mil pesos de multa o arresto de dos a ocho días quienes sean recogidos más de una vez en estado de ebriedad” y “los dueños de casas de negocios en los que se expendan bebidas que admitan en ellas a personas reconocidamente ebrias o que las expendan a menores de 18 años”, se indica, al tiempo que se aclara que “no se procederá contra los ebrios cuando éstos sin producir escándalo, sean conducidos a sus casas por personas de su familia o relación, ni cuando puedan conducirse por sí mismos sin llamar la atención pública ni producir escándalo ni desorden”.
También aumenta el valor de la pena para quienes produzcan “desorden”, que ahora será de mil a 10 mil pesos o arresto de uno a ocho días”. La misma pena regirá para quienes produzcan “escándalo público”.
Además propone aumentar la pena a quienes utilicen armas, que tendrán una multa de 10 mil pesos o arresto de ocho días y secuestro de arma”.
También regirá un incremento de la pena para quienes vendan o circulen por las calles con “publicaciones inmorales”, que sufrirán el secuestro de los ejemplares que lleven consigo y multa de cinco mil pesos o arresto de cinco días. En este sentido es importante señalar que el concepto de “inmorales” es lo suficientemente amplio como para que en distintos momentos de la historia se lo haya considerado de diferentes maneras, incluso como herramienta de persecución política.
En tanto, “los que compren a los agentes de Policía prendas de uniforme del equipo, armas o municiones, perderán lo que hayan comprado y sufrirán multa de 10 mil pesos o arresto de ocho días”.
El último artículo que se propone modifica el proyecto es el 56, que establece que quienes prolonguen “hasta una hora más avanzada de la que ha fijado la autoridad para los bailes públicos” o vendan “más entradas de las que la seguridad o comodidad del local permita, serán penados con multas de 10 mil pesos o arresto de 10 días”.
“La misma pena sufrirán los dueños de casas de expendio de bebidas u otras semejantes a las cuales la autoridad, por razones de higiene y orden público, fije horas para cerrar sus puertas”, se indica.
En los fundamentos de la iniciativa, que tomó estado público a principios de esta semana, se indica que la misma tiene como fin “incrementar el monto de las multas previstas en la Ley 3.815 de Contravenciones Policiales” y dice que la ley que se propone modificar data del año 2003 y quedaron “absolutamente desactualizadas las multas económicas que se fijan para las diversas contravenciones que la normativa dispone” ya que actualmente algunas de ellas no superan los 40 pesos.
Contravenciones
Las Contravenciones Policiales han sido objeto en distintos momentos de serios cuestionamientos en la medida en que, aunque se trate de hechos menores -no delitos, sino comportamientos “molestos” o que no respetan normas de diversa índole sin afectar los bienes ni la integridad de terceros- otorgan en la práctica a la Policía la atribución de decidir si se ha cometido una falta, y por ende aplicar la multa o dictar la pena sin que el supuesto transgresor tenga derecho a defenderse o ser asistido en su defensa.
Si bien es hasta razonable que los hechos menores puedan definirse con rapidez y que, por ejemplo, un borracho que rompe grita en la calle no tenga por eso que pasar por todo el proceso judicial, también es cierto que la falta de precisión en las normas y generalizaciones como desorden o inmoralidades favorecen la detención discresional.
Se debe indicar, de todas maneras, que en este sentido se ha avanzado mucho y para bien por parte de la Policía, en especial abonando al criterio de que lo que no genere molestias a terceros queda en el ámbito de la vida privada, cosa que en tiempos de los gobiernos militares, particularmente, no ocurría. Sin embargo, herramientas legales de estas características terminan convirtiéndose en armas para -dependiendo de las épocas- hostigar a grupos determinados de personas, lo que en definitiva constituye la base de su cuestionamiento.
En definitiva es una polémica de larga data que se mantendrá acallada en la medida en que no existan abusos sobre las atribuciones que brinda la norma.




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