Zonas Habilitadas para la Práctica de las Actividades Náuticas Deportivas

Botes a Remo, Kayaks, Piraguas y/o Similares
Se determina como zona de navegación y recreación para los artefactos náuticos descriptos el área de Arroyo El Espinillo o De la Costa ubicado frente al sector de balnearios desde el Pozo de Toma de Agua, actualmente en desuso, hacia el puente de ingreso al country náutico El Solar de Victoria.
Asimismo se informa que las personas a cargo de los mencionados botes a remo deberán poseer:
– Adecuada técnica de empleo de la propulsión a remo.-
– Chaleco salvavidas colocado en todo momento.-
– Asesorarse que la embarcación haya sido construida por un Astillero Habilitado en Prefectura.-
Subprefecto Mariano L. M. Spretz
Jefe Prefectura Victoria




RESUMEN DEPORTIVO

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