La prórroga es “por el término de 30 días corridos, contados a partir del 16 de abril”, se lee en la Resolución.
Se indica también que la extensión se debe a los “numerosos pedidos de los contribuyentes que optan por acogerse al Régimen a los efectos de regularizar su situación”. Por ello la ATER consideró “razonable” ampliar el plazo de vigencia del mismo.
Este Régimen especial permite regularizar sus impuestos sobre los ingresos brutos a quienes realicen actividades de arrendamiento de inmuebles rurales y/o urbanos.
RESUMEN DEPORTIVO