Hace ya unos días está en la primera plana de los medios de comunicación lo generado por la decisión del gobierno nacional de la quita y suspensión de más de setenta mil pensiones por discapacidad, con el fin de reducir el déficit fiscal.
A posteriori de ésto se generó una polémica con consecuencias que determinaron la anulación de la misma.
Este semanario se dirigió a la oficina de quien está a cargo de esta temática a nivel local, Claudia Palmero Coordinadora del Área de Discapacidad Municipal y Pensiones Contributivas Nacionales.
– ¿Cuáles son los requisitos en líneas generales para acceder a una pension por discapacidad?
– Son poseer un certificado médico con diagnóstico y datos completos, 76 por ciento o má de discapacidad para ejercer una función laboral, datos filiatorios que emite anses y cumplimentar la encuesta socio económica donde se le pide situación acorde a lo familiar, entre otros.
“Nosotros somos intermediarios entre el eventual beneficiario y la Comisión Nacional de de pensiones asistenciales y lo que se busca es que quien tenga el derecho, sea el poseedor de esta PNC y que estén debidamente justificadas las necesidades”, aseveró.
Respecto de los motivos que fundamentaron las suspensiones, Palmero dijo que se tuvieron en cuenta:
.La falta de incapacidad comprobada al inicio de la pensión
.No alcanzado el 76 por ciento
.Uno de los cónyuges cobrabaun beneficio
.En el caso de los menores con discapacidad, tenían familiares obligados a brindarles sustento.
– ¿Cuáles han sido las directivas que han recibido desde nación al respecto?
– Hoy han sido rehabilitadas en casi su totalidad, ahora cuáles serán las formas nuevas, aún no hemos recibido instructivos, si bien desde mayo venimos recibiendo capacitación, para las rehabilitaciones.
Una frase que generó opiniones encontradas
Guillermo Badino es Presidente de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales y ni bien se conoció la medida gubernamental y en medio del escándalo, el funcionario del ministerio de Desarrollo Social que conduce Carolina Stanley intentó justificar el nuevo ajuste diciendo “una persona con Síndrome de Down no es sujeto de derecho de esta pensión, puede trabajar si lo deseara”, palabras éstas que despertaron todo tipo de comentarios, pero sobre todo pareciera a través de ellas, ignorar las dificultades que encuentran las personas con esta patología para insertarse en el mercado laboral, además de las condiciones de desventaja en su contratación.
(Nota completa en semanario LA SEMANA)
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