Según fallo de la Sala de Procedimientos Constitucionales, caratulado el mismo como ” Risso, José ALcides C/Municipalidad de Victoria S/Acción de Amparo”; avalado con los votos de los integrantes del Superior Tribunal de Justicia a saber, Presidente Doctor Bernardo Ignacio Ramón Salduna y los Vocales Doctora Marcela Davite y Doctor Eduardo Carbó; dictaminaron que la definición quedará exclusivamente en manos del Superior Tribunal de Justicia, a quien le compete absolutamente, ya que la figura del Vice Intendente integra el Poder Ejecutivo y no el Legislativo.
Lo anterior, en franca consideración a lo dispuesto en su momento por el Juez Raúl del Valle, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Victoria, quien oportunamente fallara a favor del funcionario, sobre el amparo que el Presidente del Concejo Deliberante presentó, tras la suspensión que le decretara el Concejo Deliberante.
Según palabras de Risso vertidas en la conferencia de prensa que realizara en la mañana de hoy, entre otras cosas expresó, “si bien yo no he sido notificado aún por Ruda, sí está el fallo que dice que ésto es un conflicto de poderes y que yo por ser parte del Poder Ejecutivo, lo debe resolver el STJ como única instancia y que no se puede apelar, el cual es un trámite abreviado que el STJ lo debe resolver en veinte días, pudiendo ser pasibles de juicio político los integrantes del mismo”.
Sin lugar a dudas el costado positivo de este conflicto institucional, que ha marcado a fuego el primer año de gestión municipal, es que va a sentar precedente en lo que refiere a la figura del Vice Intendente, ahora sólo resta esperar unos días; cuando el STJ en pleno, defina a través de un procedimiento abreviado previsto en los artículos 173 y 174 de la Ley Orgánica de Municipios.
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