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Devolución del quince por ciento de iva a jubilados y beneficiarios de planes sociales

Según Ley 27253, promulgada la semana anterior, establece un régimen de reintegro a los jubilados que perciben la jubilación mínima y beneficiarios de planes sociales, con la devolución  del quince por ciento del iva,  quedando así establecido por Decreto publicado en el Boletín Oficial.

Sobrero explicó, “La Afip reglamentó la semana anterior a través de una ley este beneficio de devolución del quince por ciento del iva para compras que realicen los jubilados y beneficiarios de planes sociales,  es decir aquellos que cobran la Asignación Universal por hijo,  también por embarazo  y  aquellos que cobran pensiones no contributivas del estado,  ese es el universo que va a tener  este beneficio”.

¿Qué es lo que dispone la metodología?

“Se hacen todas las compras que realicen estos sujetos sobre los artículos de la canasta básica, todo lo de la vida cotidiana” dijo,  destacando  la formalidad legal,  “hay que dejar en claro que es la ley 27253,  promulgada la semana anterior, oficializada el 19 de julio, a través de la cual se dispuso que esta medida está vigente hasta el 31 de diciembre del 2017”, aseveró.

¿Qué es lo que dispone esta ley?

“La ley dispone que durante el primer mes de su aplicación a los jubilados y pensionados se les acreditará por cada una de las dos primeras transacciones que realicen, una suma fija de $150, en tanto que durante el segundo y el tercer mes se reducirá a $75 por cada una de las cuatro primeras transacciones realizadas y  a $50 por cada una de las seis primeras transacciones a través de la tarjeta de débito”   dijo,  ejemplificando lo anterior,  “es decir que durante el primer mes el jubilado va y compra leche por ejemplo y por las dos primeras compras que haga se le va a acreditar  $150  en la cuenta”.

Hay que tener en claro que el monto máximo para acceder al beneficio será de $300 por mes y por beneficiario, de acuerdo con la norma sancionada por el Congreso; si bien hasta tanto el Indec (Instituto Nacional de Estadística y Censos) no publique la canasta básica de alimentos, el tope será el mencionado.

Redondeando el Contador Sobrero destacó, “esto quiere decir que aparte de este beneficio del quince por ciento del reintegro del iva, va a tener una suma fija para incentivar la compra,  es como que el estado devolverá un monto fijo y le va a acreditar al beneficiario una suma fija a su cuenta, cuando opere con tarjeta de debito”, finalizó.

El posnet

Según el profesional el eje radica en que todo comercio  tener el posnet,  para poder hacer la operación mediante debito,  ya que de lo contrario no es viable.

A colación de lo anterior, este martes pasado se oficializó un beneficio para incentivar a los comerciantes a instalar posnet, para que los consumidores puedan hacer operaciones con ellos en el marco de la ley de devolución de iva.

Esta es una medida económica social a tener en cuenta, al menos para intentar sortear esta crisis que avanza y no parece retroceder.

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