ADOPCIÓN: comienza la inscripción en la provincia “es mucho más que un trámite, es poder conformarse como madre y padre” secretaria RUAER a LT39 NOTICIAS

Desde el próximo lunes 1° de febrero y durante 10 días hábiles estará abierta la convocatoria para recibir solicitudes de inscripción al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia de Entre Ríos (RUAER). Será solo para personas domiciliadas en la provincia y por modalidad virtual. Desde LT39 NOTICIAS, dialogamos con la secretaria de dicho organismo, la letrada María Silvana Spais, quien no sólo comentó los requisitos para acceder al mismo, sino las vivencias y retroalimentación con los aspirantes, de un tema tan sensible, como a la vez humanamente enriquecedor.

Si hay un tema definido por emociones e imperiosos deseos colmados de ansiedad y también por temores; claramente, lo es la adopción; un lugar y espacio signado por la sublimidad de la maternidad y paternidad, el cual representa el estandarte de vida de muchas personas.

Para llevar a cabo ese “sueño”, la provincia de Entre Ríos, actúa desde el RUAER, Registro Único con fines adoptivos; organismo desde el que se anunció oficialmente la primera convocatoria del año a partir del lunes 1° de febrero, hasta el día 17 de febrero; a la que le sucederán pertinentemente otras en los meses de mayo, agosto y noviembre venideros.

Desde LT39 NOTICIAS, entrevistamos a la secretaria de RUAER, Doctora María Silvana Spais, quien acompañada profesionalmente por el Doctor Maximiliano Francisco Benítez, como titular y el Licenciado Alejo Dezán, como coordinador de los equipos técnicos, conforman la cúpula de aquel.

En primera instancia, la profesional hizo mención al llamado a inscripción de los interesados, que dará inicio este lunes 1° de febrero, finalizando el miércoles 17 de febrero; repitiéndose en los meses de mayo, agosto y noviembre.

“Las personas interesadas deberán ingresar a la página web del Ministerio Público de la Defensa de Entre Ríos (http://mpd.jusentrerios.gov.ar), donde encontrarán el link con todo el detalle y los pasos a seguir para completar el trámite. A partir del día lunes 1° de febrero, a través del  enlace,  podrán visualizar un video institucional de interés y con información referente a datos de la realidad de la adopción en la provincia y de las distintas etapas que conlleva el proceso de inscripción”, indicó.

Agregando que podrán realizarse consultas de lunes a viernes, de 07:00 a 13:00, llamando a los teléfonos 0343-4209575/576; por correo electrónico [email protected] o a través de mensajes por Whatsapp al 549 343 5329475, estando disponibles además las redes sociales del RUAER: en Instagram, @ruaer_mpd y en Facebook: Registro de Adoptantes de Entre Ríos- RUAER”.

“Adoptar es un proceso que reviste complejidad, no es sólo tener amor para dar…hay mucho desconocimiento de un proceso adoptivo…está atravesado por mitos y prejuicios” (audio)

Párrafo aparte, dedicó no sólo a los requisitos para acceder al sistema; sino al amplio acceso de configuración familiar, del que se goza actualmente, más específicamente desde el año 2015, donde pueden interactuar personas que conviven, sin estar casados; amén de las parejas igualitarias y otros casos; todo con único fin de una configuración familiar. (audio)

Al finalizar, hizo hincapié en los pilares que intrainstitucionalmente sostienen el enfoque profesional:

-Preparación (para guiar en el transitar de la adopción)

-Acompañamiento (fundamental en el tránsito de tan importante decisión de vida)

“la adopción, atraviesa la subjetividad de las personas, es mucho más que un trámite, es poder conformarse como padre y madre”, finalizó. (audio)

Sobre el RUAER Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos

Es un organismo que garantiza el tratamiento homogéneo e igualitario en todo el territorio provincial de las gestiones requeridas para quienes pretenden adoptar niños/as y/o adolescentes, siempre que reúnan los requisitos dispuestos por la ley Nacional de adopción Nº 24.779 y la Ley Nº 9.985 de la Provincia de Entre Ríos.

¿Cuáles son sus funciones?

– Gestionar, registrar y actualizar la información sobre la lista única de aspirantes a guardas con fines adoptivos de todo el territorio provincial.
Efectuar a través de un equipo interdisciplinario la evaluación y un acompañamiento profesional a quienes pretenden adoptar.

– Comunicar al Registro Único Nacional de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación el resultado de las evaluaciones realizadas a los fines de conformar la Red Federal de Registros.

– Asesorar y acompañar a las personas interesadas en adoptar; considerando que éste es un proceso comprometido y responsable.

– Ofrecer espacios permanentes de consulta sobre el trámite de inscripción, y periódicamente bajo la modalidad de talleres de reflexión destinados a la contención y elaboración de situaciones complejas durante la guarda.

 

PREGUNTAS FRECUENTES

 1-¿Quiénes Pueden Inscribirse?

Toda persona que viva en la provincia de Entre Ríos, es decir, matrimonios, personas solteras y/o convivientes.

 2-¿Cuándo Son Las Inscripciones?

Las inscripciones se encuentran abiertas los meses de febrero, mayo. agosto y noviembre de cada año, durante los primeros 10 días hábiles (es decir, sin contar los días sábados, domingos y feriados).

 3-¿Dónde Son Las Inscripciones?

A partir del mes de agosto de 2020 las inscripciones se llevarán a cabo en forma on line, pero por cualquier duda o consulta, o para presentar documental en caso de ser requerida, podrán acercarse a la sede del R.U.A.E.R, sita en Santa Fe N° 278 de la ciudad de Paraná, o a la Defensoría Pública de cualquier Jurisdicción de nuestra Provincia.

4-¿Cómo Es El Trámite De Inscripción Y Qué Requisitos Deben Cumplirse? Cómo me inscribo?

1) Mira el video informativo que estará disponible en la página web durante el periodo de inscripción. Allí se brindan datos que es importante que conozcas antes de solicitar la inscripción.

2) Luego de mirar el video, descarga y completa el Formulario de Inscripción con todos los datos personales y del grupo familiar, y no olvides responder las preguntas con la información que brindamos en video.
Recordá que el Formulario es una declaración jurada, y por lo tanto procurá consignar toda la información que ahí se solicita, de la manera más detallada posible.

3) Envíanos el Formulario de Inscripción y toda la documental que te detallamos abajo a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]
La documentación debes mandarla escaneada o fotografiada, y queda sujeta a certificación posterior, presentando los originales cuando te sea requerido. La imagen debe ser claramente legible.

Documentación necesaria para conformar el Legajo de Inscripción:
1. Documento Nacional de Identidad: Anverso y reverso.
2. Acreditación de estado civil: Por ej: Acta de Matrimonio o Libreta de Familia, copia de sentencia de divorcio, etc. En caso de ser soltero/a, basta la declaración en el Formulario.
3. Acreditación de ingresos: Por ej: recibo/s de haberes, certificación  laboral, etc. En caso de empleo informal, denuncien los ingresos percibidos en el Formulario.
4. Certificado de Reincidencia Penal: Para gestionarlo: Registro Nacional de Reincidencia -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación-: “http://www.dnrec.jus.gov.ar”; o en la de la Policía de la Provincia de Entre Ríos: “http://www.policiadeentrerios.gob.ar”
5. Documental que acredite el domicilio actual: Por ej.: servicio público domiciliario a nombre del/a solicitante.
6. Documental que acredite dos años de residencia en Entre Ríos: Por ej.: si es empleado/a de una empresa u organismo radicado en la Provincia de Entre Ríos con una antiguedad de dos años o más, bastará el recibo de haberes. Otra opción es un servicio público domiciliario que haya sido expedido hace dos años o más, a nombre del/a solicitante.
7. Sólo si tiene/n hijos o hijas: acreditación del vínculo. Podrán acompañar Actas de Nacimiento o Libreta de Familia -Sección Nacimientos-.
8. Sólo si tiene/n a cargo niños, niñas o adolescentes bajo otra figura, por ej: guarda o tutela: copia de la sentencia.

Quedará a cargo del Registro la acreditación de:
* Si se ha dictado en su contra alguna medida cautelar, en proceso de violencia familiar / violencia contra la mujer.
* Constancia de no encontrarse Inscripto/s como deudor/es alimentario/s (ley 9424).

Aclaración: En caso de tratarse de una pareja, cada uno de los requisitos debe ser cumplidos por ambos/as integrantes de la unión convivencial o matrimonio.

¿Qué Debe Hacerse Si Se Tiene Conocimiento De Que Un Niño/A Se Encuentra Abandonado O Su Progenitor/A Lo Quiere Dar En Adopción? ¿Qué Debo Hacer Si Quiero Dar A Mi Hijo/A En Adopción?

Debo poner la situación en conocimiento de los Defensores Públicos y/o Juzgados con competencia en familia.

El funcionario público y operadores de salud que en ocasión de su trabajo tomaren conocimiento de alguna de dichas situaciones y omitan denunciarlo incurren en incumplimiento de los deberes a su cargo. (art. 23 – Ley 9985).




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