Abusos, el STJ a favor de la ¿prescripción?

La salida del vocal Carlos Alberto Chiara Díaz de la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el último verano, y la reciente incorporación del juez Miguel Ángel Giorgio, cambiará sustancialmente la posición del alto tribunal en relación a los planteos por prescripción en los casos por abusos a menores, los principales, los que involucran a tres miembros del clero entrerriano. Pero no en los únicos.

Ahora, la Sala quedó integrada por Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak. Los dos primeros, Carubia y Giorgio, han sostenido fallos a favor de la prescripción en la causa emblemática por abusos dentro del clero, la que se sigue al cura Justo José Ilarraz por los casos denunciados en el Seminario Arquidiocesano de Paraná, investigación que se abrió de oficio por impulso del procurador general Jorge García, en 2012.

En abril 2015, Carubia votó en disidencia el fallo de la Sala Penal que rechazó el planteo por prescripción, y avaló esa vía a la que había apelado la defensa del cura Ilarraz. Después, en septiembre de ese año, cuando los defensores del cura, Juan Ángel Fornerón y Jorge Muñoz, pidieron ir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal, sólo se opuso Chiara Díaz: en cambio, habilitaron ese camino Carubia y la presidenta del STJ, Claudia Mizawak.

El expediente Ilarraz llegó a la Corte  el 21 de octubre de 2015, y desde entonces se aguarda resolución. Mientras, la causa avanza central en los tribunales de la provincia: el 13 de noviembre próximo comenzará el juicio oral a Ilarraz en Paraná.

En mayo de 2015, cuando se conocieron los fundamentos del fallo en disidencia de la Sala del STJ en rechazo a la prescripción, salieron a la luz los argumentos de Carubia para darle la razón a la defensa del cura Ilarraz. Y, de paso, golpear a la prensa por divulgar el caso.

Dijo:
“En relación a este tema, es dable recordar el permanente despliegue mediático –no despojado de tendencia– que ha concitado esta causa desde su génesis y hasta la actualidad, siendo motivo de numerosas y permanentes publicaciones de gran impacto emocional”.

En su voto en solitario, Carubia destacó su “preocupación porque toda la ingeniosa arquitectura desarrollada para llevar a juicio esta causa no parece tener el objetivo de realizar el juicio justo al que tiene derecho todo imputado, sino el de precipitar la llegada a la instancia en que podrá dictarse la merecida condena del imputado, porque el concepto de culpabilidad y responsabilidad por estos hechos ya se ha instalado de tal manera desde los medios (alentados por la acusación) que parece promover una anticipada condena (social ineludiblemente) y judicial (presumiblemente)”.

Al reclamar la prescripción, la defensa de Ilarraz planteó que el fallo de la Sala Penal del STJ “creó” una “nueva categoría de delitos imprescriptibles”, y sostuvo que la sentencia en mayoría firmada por los vocales Chiara Díaz y Mizawak “obstaculiza la aplicación del instituto de la prescripción de la acción penal” y, “más grave aún resulta la creación de un nuevo paradigma jurisprudencial en mérito al cual cualquier juez puede considerar imprescriptibles cualquier tipo de delito con sólo estimar que en el caso concreto existe una grave violación a los derechos humanos”.

Hasta finales de 2016 ése fue el criterio que mantuvo la Sala Penal del STJ, por mayoría: no avalar la prescripción en casos de abusos a menores.

Pero en la Sala Penal del STJ soplan ahora otros vientos: la nueva mayoría la integran dos jueces que están a favor de la prescripción, Carubia y Giorgio, que podrían hacer caer causas que ahora se tramitan en tribunales inferiores, como la que se sigue al cura Marcelino Ricardo Moya, que llegó con un planteo ante la Cámara de Casación.

Giorgio dictaminó que la causa Ilarraz estaba prescripta un año después de haberse abierto el expediente.

La causa Ilarraz se inició en septiembre de 2012, y desde el vamos la postura de la defensa del cura fue que los delitos estaban prescriptos. El primer juez de la causa, Alejandro Grippo, falló, no obstante, que no había tal prescripción. La resolución se conoció el 29 de abril de 2013.

Pero el 6 de agosto de ese año, la Sala Primera de la Cámara del Crimen, con el voto de los jueces Miguel Giorgio y Hugo Perotti dieron vuelta la sentencia de Grippo, y resolvieron que los delitos habían prescripto. El tercer camarista, José María Chemez, no votó porque estuvo ausente por enfermedad.

La Procuración apeló ese fallo.

En noviembre de 2013, la Sala Penal del STJ anuló por mayoría la decisión de prescripción de la causa. El voto argumental fue del vocal Carlos Chiara Díaz, al que adhirió Daniel Carubia; la presidenta del cuerpo, Claudia Mizawak, se abstuvo de votar.

Pero el máximo tribunal no fue al fondo de la cuestión, sino que anuló la sentencias por fallas de procedimiento. Entendió que fueron siete las denuncias que se le imputaron a Ilarraz, pero que  la Sala I solo emitió opinión sobre dos y evitó abrir juicio sobre las cinco restantes. Así, la causa volvió para un nuevo tratamiento sobre la prescripción a la Sala II de la Cámara del Crimen.

En junio de 2014, el tribunal compuesto por los jueces Marcela Davite, Marcela Badano y Ricardo Bonazzola –con la disidencia de este último– rechazó le planteo por prescripción. Así, el recurso llegó a la Sala Penal del STJ, que en abril de 2015 confirmó que los delitos no estaban prescriptos.

Pero ahora la Sala Penal tiene nueva composición, y dos de los tres jueces han votado a favor de la prescripción, y ése es el escenario que le espera a la causa Moya, cuando llegue hasta esa instancia.

Aunque de telón de fondo rige la ley que impulsó la senadora nacional Sigrid Kunath (Entre Ríos) que extendió la prescripción hasta el momento en que las víctimas denuncien los casos en la Justicia. Aunque los jueces suelen sostener que la ley no se aplica con retroactividad.

El tiempo dirá. Y los fallos de los magistrados los pondrán de cara a la sociedad con sus posturas.

 




RESUMEN DEPORTIVO

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